Tu inversión será:

  • Atención vía correo electrónico, para dar respuestas y sugerencias a temas tributarios.   
    • El valor es de 30 UF anual. (tiempo máximo de respuesta 48 horas)
  • Atención vía correo electrónico y telefónica, para dar respuestas y sugerencias en temas tributarios.
    • El valor es de 50 UF anual. (telefónica en forma inmediata, siempre que su respuesta no necesite un mayor análisis, y por correo electrónico tiempo máximo 48 horas)
  • Nuestra misión es la de entregar una respuesta clara y sencilla, que además este acompañadas de jurisprudencia tributaria o la misma Ley, con nuestra interpretación.
  • Dentro de nuestros servicios no se contempla el cálculo matemático y/o preparación de formularios, pero si pautas y asistencia.
  • Otros servicios fuera de esta propuesta, son cotizados para su aprobación.
  • Si participas en nuestros cursos de capacitación, por estar suscrito tienes un descuento del 30%.

 

 

TRASPASO TUS UTILIDADES ACUMULADAS, A IMPUESTO CERO, PARA USTED COMO PROPIETARIO, POR UNA TASA DEL 30%, QUE FINANCIA SU EMPRESA.

Nuestra recomendación es para:

·  ·Si el global de los dueños de la empresa, está sobre el 30%, ingresos superiores a $70.000.000.-, recomendamos este estudio, de traspasar las utilidades afectas a impuestos por UTILIDADES QUE NO TRIBUTAN, POR UN COSTO DEL 30%, según la Ley.

La ley 21.210, trae el pago del ISFUT 2.0, para las empresas, que significa esto, las utilidades de tu empresa que están pendientes de tributar, anteriores al año 2016,  y vigentes la 31.12.2019, la norma permite pagar un impuesto del 30%, que luego estará disponible para tu persona, sin pagar ningún otro impuesto.

·    ·Si estás pensando en un término de giro, este debe pagar un impuesto del 35%, que te parece pagar el 30%.

·Cuando tu empresa remesa al extranjero, al dueño de la empresa por utilidades, debe pagar un impuesto del 35%, que opinas cambiarlo por el 30%.

 

VALOR DE INFORME + REUNIÓN 15 U.F. (ONLINE)